TVMIX gana la batalla a Sogecable



TVMIX es una página web que desde hace años ofrece la posibilidad de ver partidos de fútbol y otros eventos deportivos de forma gratuita mediante una serie de programas P2P que nos permiten reproducir las emisiones tomadas por cadenas de televisión extranjeras.

La página únicamente se limita a ofrecer enlaces directos e información sobre la instalación y configuración de estos programas P2P, pero eso ya le ha parecido a Sogecable suficiente motivo para interponer una demanda contra el administrador de la web. Tampoco es que uno se pueda esperar menos de una empresa que se ha pasado todo el año intentando impedir la retransmisión en abierto de partidos de fútbol de la Liga con el fin de perpetuar su monopolio del "si quieres ver fútbol: PAGA", pero aun así no deja de sorprenderme.

Y no deja de sorprenderme porque parece mentira que todavía haya quien no comprenda algo tan sencillo como que no se pueden poner barreras a la libre distribución de la información. Que Internet somos todos y que por cada sitio web que logren cerrar, mil nuevos nacerán. Y eso no hay ni habrá juzgado, ni ley, ni estado, ni muchísimo menos gentuza como esta, que lo pueda parar.

Pues bien, tal y como nos informan en su web: El Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid, dictó el pasado 5 de Mayo el sobreseimiento de la causa emprendida por parte de Audiovisual Sport, Digital+ (Canal Satélite Digital y Distribuidora de Televisión Digital) y la Liga de Fútbol Profesional, contra la administración de la web tvmix.net.

En el auto de sobreseimiento, su señoría dictamina que "No nos encontramos ante ilícito penal alguno puesto que los programas son de libre uso, su utilización abierta y universal y no precisan licencia de uso.

[...]

La página TVMIX, no transforma ninguna señal, no interfiere en la señal de audio ni la digitaliza, realizando una información de agenda de emisoras P2P de fuera de España; también facilita información sobre programas (no realizadas por él), necesarios para la visualización de la señal de las emisoras anteriores

[...]

Todo ello supone desde el punto de vista penal no puede hablarse de ilícito alguno, debiéndose sobreseer las presentes actuaciones a la vista de todas las diligencias practicadas".


Sentido común 1-0 Sogecable


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